Danzaria adhiere al Manifiesto de la Danza, en defensa por los derechos de los profesionales del sector en España y participa en la difusión de todas las noticias que nos hace llegar, dicha PLATAFORMA al respecto. A continuación transcribimos todas las noticias que nos han ido llegando del tema. Una lucha interminable.
ENVÍA TU ADHESIÓN A ESTA LUCHA:
para toda persona ó institución nacional o extranjera.
Portavoces de la Plataforma:
Cristina García Carballal – educación@porladanza.com
crisgcar65@yahoo.es
Carmen Giménez Morte – carmengm@ono.com
ULTIMAS NOTICIAS
Entrevista a Cristina García Carballal (portavoz de la Plataforma por la Danza), como Consejera del recientemente formado Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas - http://www.danzaballet.com/modules.php?name=News&file=article&sid=1368 |
El pasado miércoles 13 de junio de 2007 fue publicado en el BOE la ORDEN E CI 1687/2007, de 4 de junio, por la que se nombran los consejeros del Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas Es función del CSEA, entre otras Informar con carácter preceptivo, las normas que definan la estructura y el contenido básicos de los diferentes estudios de enseñanzas artísticas superiores, su evaluación y la regulación de las condiciones para la oferta de estudios de postgrado en los centros de enseñanzas artísticas superiores. Emitir informes, por propia iniciativa o a petición del MEC, y prestar su asesoramiento en materias relacionadas con las enseñanzas artísticas" Más información en los siguientes enlaces: http://www.boe.es/boe/dias/2007/06/13/pdfs/A25642-25643.pdf (nombramiento de los consejeros del CSEA) http://www.boe.es/boe/dias/2007/04/04/pdfs/A14669-14671.pdf (regulación del CSEA)
|
La situación de la homologación de títulos de danza en España escandaliza a Europa |
LA PLATAFORMA EN DEFENSA DE LA DANZA INFORMA El 14 de abril se publicó en el BOE la ORDEN ECI/1082/2006 para la aplicación de lo dispuesto en el RD 798/05, su entrada en vigor es al día siguiente de su publicación: YA. Tras el Encuentro celebrado en la sede de la APDCM y ACPD el sábado 22 de abril, al que acudió el Subdirector General de Ordenación Académica del MEC, Juan López Martínez y a la espera de elaborar las conclusiones definitivas de dicho encuentro, os adelantamos lo siguiente: Sería conveniente presentar cuanto antes toda la documentación para solicitar la equivalencia de los títulos o certificados de finalización de estudios anteriores a la LOGSE en el Registro General del Ministerio de Educación y Ciencia o en la Delegación de Gobierno correspondiente de la Comunidad Autónoma en la que se viva. (Cuanto antes se “amontonen” los expedientes solicitando las equivalencias, antes se nombrará la Comisión de Valoración que revisará los documentos) La Plataforma será propuesta por parte del Subdirector General de Ordenación Académica como parte de esa Comisión de Valoración en calidad de expertos. Se pueden enviar originales o fotocopias compulsadas. Se sugiere indicar el número de años de experiencia que tenéis y enviar cuanto documento pueda demostrar experiencia artística y/o docente como documentación a aportar. No nos autocensuremos nosotros de antemano. Si faltara alguna documentación, la Comisión se pondrá en contacto con el interesado para que subsane las deficiencias encontradas. Se pueden enviar dos solicitudes diferentes, que abrirán dos expedientes diferentes, en el caso de que se tengan dos o más especialidades de danza (por ejemplo, título de Danza Clásica y título de Danza Española), solicitándose entonces dos equivalencias: una con la especialidad de Pedagogía y otra con la especialidad de Interpretación y Coreografía, que son las especialidades que actualmente existen para el Título Superior de Danza. Por el momento es todo. Plataforma en Defensa de la Danza |
Ya salió la Nueva Orden Ministerial para la APLICACIÓN DEL REAL DECRETO DE EQUIVALENCIAS Hola a todos: |
APLICACIÓN DEL REAL DECRETO DE EQUIVALENCIAS La Plataforma en Defensa de la Danza ha logrado contar con la presencia del Subdirector General de Ordenación Académica del MEC para explicar el modo en que se llevará a cabo la aplicación del R.D. 798/05 de equivalencias de los títulos de danza anteriores a la LOGSE, una vez esté publicada la Orden Ministerial que lo desarrolla. La Plataforma no ha modificado su postura en cuanto al contenido del R.D. 798/05 pero, puesto que a pesar de estar recurrido se comenzará su aplicación una vez publicada la O.M., el objetivo es que todos los profesionales estén informados del procedimiento que se seguirá. Queremos agradecer a la APDCM y la ACPD su colaboración al aceptar que el tema de su Tercer Encuentro sea “LA APLICACIÓN DEL REAL DECRETO DE EQUIVALENCIAS”, invitando a todos los profesionales a acudir a él, a petición de la Plataforma en Defensa de la Danza. El encuentro tendrá lugar el sábado 22 de abril de 2006, a las 17:00 horas en la sede de la APDCM y ACPD Calle Antonio Vicent, 65 - 28019 Madrid, Metro: Línea 5 - Marqués de Vadillo Teléfono: 915695195 Tras la ponencia se establecerá un turno de preguntas relativas al tema. La Plataforma en Defensa de la Danza considera de gran importancia que todos los profesionales pertenezcan o no a la Plataforma, y sea cual sea su postura, puedan tener acceso a esta información. Esperamos la máxima difusión de esta invitación y contar con vuestra asistencia. Se ruega confirmación y número aproximado de asistentes para una mejor organización. Gracias |
La Plataforma en Defensa de la Danza recurre ante el Tribunal Supremo el RD 798/05. |
| Tras el paréntesis del verano de nuevo os informamos de los avances (o no) en el tema de la homologación de nuestros títulos. Como ya muchos sabréis, pues lo hemos colgado en la página web de la Asociación de Profesionales de la Danza en la Comunidad de Madrid, el 20 de julio fue publicado el RD 798/05 "...por el que se establecen los requisitos para obtener la equivalencia, a los efectos de docencia, entre los estudios completos de danza anteriores a la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y los estudios superiores regulados en ella".
Lamentablemente no ha sido publicado en los términos que esperábamos y entendemos que el informe desfavorable del Consejo Escolar del Estado, del que ya os informamos, ha sido determinante para este cambio de postura por parte del Ministerio. Nos encontramos a la espera de la publicación de la Orden de Desarrollo que permitirá su entrada en vigor. Desde la Plataforma en Defensa de la Danza se ha solicitado la ampliación del Recurso 169/2004 presentado en su día ante el Tribunal Supremo para que afecte al nuevo Real Decreto 798/2005. Independientemente de la ampliación del recurso la Plataforma ha enviado una carta al Subdirector General de Ordenación Académica exponiendo sus quejas por los términos en los que ha sido publicado el Real Decreto, no correspondiéndose con el Borrador de Real Decreto facilitado en el anterior Boletín. Firmado por Cristina García, Representante del Departamento de Educación de la APDCM. (Asociación de Profesionales de la Danza de Madrid) – 07-11-05 |
| Hola Plataformos, como supongo que sabéis, finalmente ha salido publicado el RD de homologación de los títulos de danza anteriores a la LOGSE. Lamentablemente no ha sido en los términos en los que el Ministerio nos lo presentó en un principio, que resultaban claramente más positivos para nosotros. Entendemos que el informe desfavorable del Consejo Escolar del Estado, del que ya os informamos, ha sido determinante para este cambio de postura. Adjunto el texto del RD. Una vez publicado el texto, Mamen y yo, como Portavoces de la Plataforma en Defensa de la Danza quedamos a vuestra disposición para las cuestiones o dudas que queráis consultarnos respecto a este proceso. Un abrazo: Cristina García – Interlocutora de la Plataforma - educacion@porladanza.com Real Decreto 798/2005, de 1 de julio, por el que se establecen los requisitos para obtener la equivalencia, a los efectos de docencia, entre los estudios completos de danza anteriores a la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y los estudios superiores de danza regulados en ella. - RD 7982005 (PDF) - Recibido el 21- 07-05 |
En aras de resolver un problema enquistado desde hace 63 años la APDCM y la Plataforma en Defensa de la Danza apoyan el borrador de Real Decreto presentado por el Ministerio de Educación y Ciencia. En los contactos previos hemos de destacar la especial atención prestada por la Subdirección General de Ordenación Académica hacia las propuestas efectuadas por Cristina García y Mamen Giménez, portavoces de la Plataforma para temas relativos a la Homologación. BORRADOR DE PROYECTO DE REAL DECRETO por el que se modifica el R.D. 169/2004, de 30 de enero, por el que se establecen los requisitos para obtener la equivalencia entre los estudios completos de danza anteriores a la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y los estudios superiores de danza regulados en ella, y se establecen en complementos de formación para la obtención del título superior de danza. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, determina en su Disposición adicional primera.2.c), que corresponde al Estado la regulación de las condiciones para la obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales válidos en todo el territorio español. Las enseñanzas oficiales de danza se han impartido, durante las últimas décadas, en conservatorios de música, conservatorios de música y danza, en escuelas de arte dramático, en escuelas de arte dramático y danza, en conservatorios de danza, en escuelas superiores de arte dramático y danza, conservatorios superiores de música y danza y en el instituto del teatro de Barcelona. Las enseñanzas de danza, se han visto afectadas por una problemática histórica singular, caracterizada por la insuficiencia legislativa, que ha tenido sus consecuencias en los contenidos de las enseñanzas y los planes de estudios. La Orden de 1941 estableció una ordenación en la que se fijaban en cinco el número de cursos que comprendía la enseñanza completa de bailes folclóricos y en la que las alumnas debían someterse a un examen de reválida a su conclusión. A partir de los años 50 estas enseñanzas ya estaban integradas en centros públicos superiores, como la Escuela Superior de Arte Dramático y Danza de Madrid y el Instituto del Teatro de Barcelona, que desarrollaron áreas de especialización en Danza Española, Danza Clásica y Danza Contemporánea, pero la carencia de disposiciones normativas favoreció la aplicación de criterios académicos y administrativos heterogéneos. El Real Decreto 169/2004, de 30 de enero, por el que se establecen los requisitos para obtener la equivalencia entre los estudios completos de danza anteriores a la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo y los estudios superiores de danza regulados en ella, y se establecen los complementos de formación para la obtención del título superior de Danza , pretendió dar solución a la problemática histórica descrita. Sin embargo, durante el tiempo transcurrido desde su publicación se ha puesto de manifiesto la dificultad de su desarrollo y aplicación y la conveniencia de realizar ciertas modificaciones parciales al texto inicial para lograr la consecución de los objetivos de dicha norma. A petición del sector , de las Asociaciones Profesionales y Sindicatos más representativos del mismo y de las comunidades autónomas más afectadas , se ha considerado necesario realizar ciertos ajustes en el citado Real Decreto, para facilitar el objetivo que se pretende, dando un tratamiento similar al seguido para obtener las equivalencias con el resto de las enseñanzas artísticas y dotar al procedimiento de la agilidad administrativa necesaria, que exige la problemática histórica que ha condicionado de un modo tan importante el reconocimiento académico de los posibles solicitantes de la misma. Este Real Decreto ha sido consultado a las Comunidades Autónomas e informado por el Consejo Escolar del Estado. En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación y Ciencia, con la aprobación previa del Ministerio de Administraciones Públicas, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día ..... de............. de..........., D I S P O N G O Artículo único. Se modifica el Real Decreto 169/2004, de 30 de enero, en los términos que se establecen a continuación: 1. El artículo 1 queda redactado de la forma siguiente: 2. El artículo 2, queda redactado dela forma siguiente: Artículo 2. Requisitos. Para obtener la equivalencia con el título superior de Danza se deberán reunir los siguientes requisitos: a) Acreditar documentalmente la superación de los estudios oficiales completos de Bailes Folclóricos, Danza Española, Ballet Clásico y Danza Contemporánea anteriores a la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre , de Ordenación General del Sistema Educativo, mediante certificaciones expedidas por conservatorios de música y declamación, conservatorios de música, escuelas de arte dramático, escuelas de arte dramático y danza o por conservatorios de danza. 3. El título del artículo 3 quedará redactado de la siguiente forma: 5. El apartado 4 del artículo 3 queda redactado de la siguiente forma: 6. El artículo 4 queda redactado de la forma siguiente: 7. El artículo 5 queda redactado de la forma siguiente: 8. El artículo 6 queda redactado de la forma siguiente: Este real decreto , que se dicta al amparo de lo previsto en el artículo 149.1.1ª y 149.1.30ª de la Constitución Española y en la disposición adicional primera .2.c) de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, es de aplicación en todo el Estado. Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo. Corresponde al Ministerio de Educación y Ciencia dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo de lo establecido en este real decreto, y a los órganos competentes de las comunidades autónomas dictar las instrucciones precisas para la ejecución de lo establecido en el artículo 3. El presente real decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el “ Boletín Oficial del Estado”. Dado en Madrid, a .... de ................. de ....... LA MINISTRA DE EDUCACIÓN Y CIENCIA, |
| JORNADAS SOBRE "EL FUTURO DE LOS PROFESIONALES DEL ARTE" Representantes de la APDCM participaron en las jornadas sobre El futuro de los Profesionales del Arte, aportando sus opiniones al Grupo de Trabajo sobre Danza, para ser expuestas por nuestro colectivo al Ministerio para asegurar la salida de los profesionales de la Danza tanto al mercado laboral europeo -es muy importante que no perdamos el tren del Espacio Universitario Europeo, al que España se adhirió en la declaración de Bolonia-, como a la oferta curricular de cualquier ámbito formativo (Educación Primaria, Secundaria, Superior y Universitaria, Escuelas de Magisterio, INEF, Escuelas de Arte Dramático, Conservatorios Superiores de Música, Centros de formación del profesorado…) con fines educativos y/o profesionales, pero siempre impartida por Titulados en Danza. CONCLUSIONES DEL GRUPO DE TRABAJO DE DANZA Los profesionales de la danza reunidos en la mesa de trabajo constituida para reflexionar y debatir sobre la reforma de las Enseñanzas de Régimen Especial presentamos las siguientes propuestas: 1. En aras de resolver un problema enquistado desde hace 63 años, apoyamos el borrador de RD. presentado por el gobierno que modifica el anterior 169/2004 en el que se regulaba la homologación de las titulaciones de danza anteriores a la LOGSE. No por ello renunciamos al hecho de denunciar el agravio comparativo que este colectivo ha sufrido con respecto al resto de enseñanzas artísticas. 8. Amparándonos en el marco de la Declaración de Bolonia, exigimos: una formación continua que permita la puesta al día del profesor en las técnicas docentes y que la Administración se comprometa a arbitrar las medidas oportunas para llevarla a cabo. 9. Demandamos la recuperación de la figura del profesor músico acompañante (pianista acompañante para danza, guitarrista flamenco, cantaor y percusionista), como docente especialmente cualificado para esta función, abandonando la generalidad que en este campo se ha impuesto actualmente. |
| El lunes 11 de octubre 2004 la Plataforma en Defensa de la Danza se reunió de nuevo con el Subdirector General de Ordenación Académica del Ministerio de Educación y Ciencia D. Juan López Martínez. Se nos presentó un borrador de RD que modifica el anterior RD 169/04 que establecía los requisitos para obtener la equivalencia entre los estudios completos de danza anteriores a la LOGSE y los estudios superiores de danza regulados en ella, y se establecían los complementos de formación para la obtención del título superior de Danza. Esta propuesta de RD no es definitiva pero se acerca bastante más a las reivindicaciones del sector. Las conversaciones se mantendrán y una solución satisfactoria para el sector parece estar más cercana. Continuaremos defendiendo nuestros legítimos intereses e informando de cualquier novedad que se produzca relativa a este asunto. |
MANIFIESTO DE LA PLATAFORMA EN DEFENSA DE LA DANZA "Si nos pincháis, ¿no sangramos? PLATAFORMA EN DEFENSA DE LA DANZA - España |
URGENTE Asunto: Manifiesto de apoyo para la danza DOCUMENTO ADJUNTO
|